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Servicio Social Estudiantil de Ecuación Superior son todas las actividades organizadas que realizan los estudiantes para contribuir a resolver problemas y satisfacer necesidades mas necesitadas del País y en las que el (a) estudiante aplica los conocimientos técnicos prácticos adquiridos en su proceso de formación profesional FUNDAMENTACION LEGAL El Servicio Social Estudiantil se fundamenta en el Art. 61 de la Constitución Política de El Salvador, que establece la obligatoriedad de las instituciones universitarias de prestar un servicio Social, sin perseguir fines de lucro. El acuerdo N° 102.- del Órgano Ejecutivo de la Republica de El Salvador en el Ramo de Educación, establece: Exigir a loas estudiantes de PROFESORADO y del nivel TECNOLÓGICO 300 Horas de servicio social y al nivel de LICENCIATURAS Y de INGENIERIA, 500 horas. En la UDB el servicio social es de carácter obligatorio y es requisito para la obtención de su Carnet de Egresado. Los (as) estudiantes pueden realizar su servicio social en forma voluntaria a partir del 3er. Ciclo de su carrera y es obligatorio realizarlo en el 9° ciclo si no hubiesen realizado antes; podrán realizarlo en forma individual o integrando grupos no mayores de 4 personas. La duración del proyecto de Servicio Social será de tres meses mínimo y un año máximo. |
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